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Normativa sobre la legionella PARTE II | Prevención Legionella Zaragoza

Equipo Lanza Calidad / 24 noviembre, 2020 / Análisis del Agua, Lanza Calidad, Legionella, Salud ambiental, Tratamiento de aguas, Tratamiento de Aguas - Lanza Calidad, Tratamiento de Aguas en Zaragoza, tratamiento de aguas para piscinas Zaragoza, Tratamiento de Aguas Zaragoza, Tratamiento del agua

Normativa sobre la legionella PARTE II.

Desde el blog de Prevención Legionella Zaragoza os seguimos contando más información sobre la normativa de legionella.

Artículo 8. Programas de mantenimiento en las instalaciones. Se establecerán los diferentes programas de mantenimiento higiénico-sanitario adecuados a las características de cada instalación, y se incluirán los siguientes:

1) Para las instalaciones de mayor probabilidad de proliferación y dispersión:

Desde Prevención Legionella Zaragoza os aseguramos que se deberá estrablecer un plano señalizado de cada instalación, en el que se recogerán los puntos o zonas críticas de la instalación. De la misma manera se realizará la revisión y el examen de todas las partes de la instalación que asegure su correcto funcionamiento.

Se establecerá un programa de tratamiento del agua que asegure su calidad, de la misma manera, se establecerá un programa de limpieza y desinfección de toda la instalación y quedará constancia con la existencia de un registro de mantenimiento de cada instalación.

2) Para las instalaciones de menor probabilidad de proliferación y dispersión:

Desarrollo del esquema de funcionamiento hidráulico. Desde Prevención Legionella Zaragoza también os diremos que se debe de revisar todas las partes de la instalación para que quede todo perfecto, se aplicarán los programas de mantenimiento establecidos para asegurar un correcto funcionamiento.

La aplicación de programas de mantenimientos deben de recoger como mínimo la limpieza y desinfección completa de la instalación una vez al año. Desde Prevención Legionella Zaragoza os diremos que las tareas deben de llevarse a cabo y tienen que quedar reflejadas en el registro de mantenimiento.

Otro de los puntos a tener en cuenta son las condiciones específicas de mantenimiento de los sistemas de agua fría y caliente de consumo humano, desde Prevención Legionella Zaragoza os aseguramos que existen una serie de pautas que debemos de cumplir para seguir los parámetros establecidos en la ley.

En las instalaciones que no se encuentran desarrolladas en el R.D. 865/2003, las operaciones se basarán en las premisas relacionadas para sistemas similares y en las pautas de las Guías del Ministerio de Sanidad y Consumo.

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